U. E. Colegio Los Pirineos Don Bosco

JUSTIFICACIÓN DE INASISTENCIAS

A OPORTUNIDADES DE EXÁMENES

(O cualquier otra oportunidad Evaluativa)

            A los fines de justificación de inasistencias previstas en el Artículo 10 de la resolución 140 que dice “los estudiantes que por causas debidamente justificadas no hubieran asistido a una o varias de las actividades de evaluación programadas tendrán que cumplirlas en las fechas y oportunidades que el docente deberá establecer a tal fin; sin perjuicio de lo dispuesto en el Artículo 116 del Reglamento General”. Se aplicarán las siguientes normas específicas:

A)    La institución acepta tres tipos de justificación:

  1. Constancia médica de haber estado enfermo; esta constancia debe ser traída al plantel por el representante en un plazo no mayor de 48 horas.
  2. Visita personal del representante legal antes de la realización de la actividad evaluativa.
  3. Constancia de haber estado haciéndose exámenes de laboratorio.

B)    Una vez justificada la inasistencia:

  1. El estudiante pedirá en la Coordinación respectiva un formato que existe para tal fin, lo llenará por triplicado y lo entregará al profesor de la asignatura.
  2. El profesor escribirá en los formatos la fecha, hora y lugar en que se realizará la prueba al estudiante, firmará los formatos y los devolverá al estudiante.
  3. El estudiante entregará: original a Coordinación para su archivo. Devolverá copia al profesor y la última copia la guardará para si mismo.
  4. Si el estudiante no asiste a esta segunda oportunidad, perderá el puntaje de la prueba.
  5. Esta segunda oportunidad puede ser oral, si así lo considera conveniente el profesor de la asignatura.

NOTA:

A)    Es obligación del estudiante solicitar esta forma de evaluación.

B)    Queda entendido que no es obligación del docente buscar al estudiante para la aplicación de esta segunda oportunidad evaluativa, no obstante, él debe informarle al evaluador y a la coordinación de la inasistencia del mismo.