El 24 de marzo de 1854, bajo el mandato de José Gregorio Monagas, fue firmada de manera definitiva la Ley que abolió la esclavitud en Venezuela.
En la actualidad y fiel a la tradición constitucional, el artículo 54 de la Constitución del 1999 prohíbe la esclavitud: “Ninguna persona podrá ser sometida a esclavitud o servidumbre. La trata de personas y, en particular, la de mujeres, niños, niñas y adolescentes en todas sus formas, estará sujeta a las penas previstas en la ley”.